La
reciente modificación al Código Fiscal de la Federación (CFF) para el año 2012,
en su artículo 17-D, amplía el periodo de la vigencia de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
Anteriormente era de 2 años, a partir del 1 de enero de 2012 las Firmas
que se tramiten tendrán una vigencia de 4 años. Recuerden que la FIEL es
un requisito indispensable para la emisión de Factura Electrónica.
Les compartimos la redacción exacta del artículo modificado:
“Artículo
17- D: Para los efectos fiscales, los certificados tendrán una vigencia
máxima de cuatro años, contados a partir de la fecha en que se hayan expedido.
"Antes de
que concluya el periodo de vigencia de un certificado, su titular podrá
solicitar uno nuevo.
En el
supuesto mencionado el Servicio de Administración Tributaria podrá, mediante
reglas de carácter general, relevar a los titulares del certificado de la
comparecencia personal ante dicho órgano para acreditar su identidad y, en el
caso de las personas morales, la representación legal correspondiente, cuando
los contribuyentes cumplan con los requisitos que se establezcan en las propias
reglas.
"Si dicho
órgano no emite las reglas de carácter general, se estará a lo dispuesto en los
párrafos sexto y séptimo de este artículo.”
Referencia:
Artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación en la Reforma Fiscal 2012:
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