lunes, 7 de enero de 2013

Fin definitivo a las facturas en papel de Impresor Autorizado: ¿hacia dónde mirar?

Desde el 1 de enero de 2013, la factura en papel de Impresor Autorizado dejaron de tener vigencia.

Recordemos que por ley, este tipo de comprobantes tuvieron como fecha límite de impresión el 31 de diciembre de 2010 y una vigencia de 2 años.

Con el termino de la vigencia de las “facturas tradicionales”, desde del 1 de enero de 2013 inicia una nueva etapa en el esquema de facturación en México, pues los comprobantes de facturación y fiscales válidos a partir de este año son la Factura Electrónica con CFDI (Comprobante  Fiscal Digital por Internet) y la facturación con CBB (Código de Barras Bidimensional).

Cada vez que solicitemos una factura ya no recibiremos únicamente los documentos en papel, como lo veníamos haciendo regularmente. Ahora, recibiremos vía correo electrónico los formatos XML y PDF de la factura, en el caso de quienes ya sean usuarios de la Factura Electrónica. En esta caso, el uso de las memorias USB también será frecuente, pues se convertirán en un medio para entregar las facturas en donde se almacenarán los archivos XML y PDF de este tipo de documentos.

En el caso de los contribuyentes que optaron por el CBB, estarán entregando facturas impresas y en donde se incluya este código. Lo importante en este tipo de facturas es verificar que cumplan con las disposiciones solicitados por el SAT:

1. Leyendas que correspondam al CBB (pago en sola exhibición, vigencia del CBB, etc.)
2. Tamaño y resolución del CBB (2.75 cms por cada lado y una resolución de 200 dpi)

La impresión de las facturas con CBB se hará por diferentes medios:
a)  La impresión de blocks de facturas
b) Impresión a través de un software empresarial, como el de CONTPAQ i (CONTPAQ i FACTURA CBB)

La recomendación es utilizar un software empresarial, ya que además de simplificar y facilitar el proceso de generar las facturas con CBB, ayuda al ahorro de costos costos en la impresión y, sobre todo, el contribuyente tiene el control de sus códigos y folios autorizados por el SAT, evitando un mal uso de estos; además de que en este software empresarial puede llevar el control de cobranza y contabilización.
Para considerar
De acuerdo con los plazos marcados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), todas las facturas tradicionales en papel dejaron de tener validez a partir del 1 de enero de 2013.

Los contribuyentes que emiten facturas debieron realizar la migración al nuevo esquema de facturación electrónica o en su caso, al de comprobantes fiscales impresos con CBB.

Si requiere de alguna factura en algún consumo o servicio, verifica que el establecimiento cuente ya con servicio de facturación electrónica y que los archivos sean enviados correctamente.

Una vez recibidos, debe verificar en el portal del SAT su autenticidad para que esté seguro de que tienen valor fiscal.

De acuerdo con el SAT, los comprobantes fiscales impresos hasta 2010 han dejado de tener vigencia, por lo que si alguien los expide estaría cometiendo la infracción que señala el artículo 83 fracción VII del Código Fiscal de la Federación (CFF) por la obligación de llevar contabilidad.

Si algún contribuyente que no hizo el cambio emite una factura tradicional, podría hacerse acreedor a una sanción de entre 12 mil 70 pesos a 69 mil pesos y en caso de reincidencia podría sufrir la clausura de su establecimiento.

Para los pequeños contribuyentes las multas van de los mil 210 pesos a 4 mil 410 pesos y una clausura preventiva en caso de reincidencia.

Quienes aún tengan dudas acerca del proceso de facturación digital, pueden obtener información en el portal del fisco www.sat.gob.mx en donde hallarán información acerca de los requisitos y los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) que brindan el servicio.

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