Las empresas que deberán adoptar la Factura Electrónica de manera paulatina, ya que facturan menos de 4 millones de pesos, también deben hacer cambios en su manera actual de facturación y deberán incorporar a sus facturas el Código de Barras Bidimensional (CBB), de acuerdo con lo dispuesto por el SAT.
¿Qué es el Código de Barras Bidimensional?
El CBB es un elemento de seguridad que debe incluirse en las facturas en papel a partir del 2011 con el objetivo de garantizar que estos documentos no son apócrifos, ya que contiene la información de los folios autorizados por el SAT; y en las representaciones impresas de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) incluye los datos del emisor, receptor, importe del movimiento y folio otorgado por el SAT. Para esta acción necesitarán un software como el de CONTPAQ i®.
¿Los comprobantes que tengo preimpresos para el próximo año los puedo seguir utilizando?
El SAT determinó que los contribuyentes que al 1 de enero de 2011 tengan comprobantes preimpresos, podrán seguir utilizándolos sin importar el monto de facturación y hasta que se agote su vigencia, que es por dos años. En ese sentido, para el empresario si le es conveniente adoptar la Factura Electrónica durante 2010 para sumarse de manera anticipada a este nuevo esquema.
El SAT determinó que los contribuyentes que al 1 de enero de 2011 tengan comprobantes preimpresos, podrán seguir utilizándolos sin importar el monto de facturación y hasta que se agote su vigencia, que es por dos años. En ese sentido, para el empresario si le es conveniente adoptar la Factura Electrónica durante 2010 para sumarse de manera anticipada a este nuevo esquema.
HOLA UNA PREGUNTA APARTIR DE CUANDO TIENE QUE VENIR INCORPORADO ESE SELLO CBB EN MI FACTURA??? SI TODAVIA TENGO LAS DE PAPEL Q ME HIZO UN IMPRESOR???
ResponderEliminarESPERO RESPUESTA GRACIAS
Que tal Paola, desde el 1 de enero tus facturas en papel deben tener incorporado el CBB si facturas menos de 4 millones de pesos al año. Si están en los contribuyentes obligados en el uso de la Factura Electrónica, el SAT permitió como opción seguir entregando facturas en papel con CBB, sin importar el monto de la factura, sólo durante del primer trimestre del año.
ResponderEliminarEs preciso aclarar, que las facturas en papel con CBB no es la factura tradicional de impresor autorizado. Se trata de dos esquemas diferentes. Las facturas de impresor autorizado no incluyen el CBB y sólo se pueden usar si fueron impresas antes del 31 de diciembre de 2010 y considerando que tienen una vigencia de dos años.
ResponderEliminar